El Consejo de Ministros aprueba un real
decreto ley para rebajar la cuota variable que debe pagar una persona física
del 0,5% del total de la cuantía de la pretensión al 0,10%.
Las medidas aprobadas tendrán una incidencia
inferior al 5% respecto a los 306 millones previstos en la memoria económica de
la ley de tasas.
En los recursos contencioso-administrativos
contra resoluciones sancionadoras, la tasa no podrá exceder la mitad de su
importe.
El importe de las tasas en los procedimientos
de ejecución hipotecaria de vivienda habitual quedarán fuera de la condena en
costas, que suele repercutir en el desahuciado o su avalista.
Las reclamaciones por incumplimientos de
laudos de consumo estarán exentos de tasa.
Los divorcios de mutuo acuerdo tampoco
pagarán.
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